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Fecha publicación: 10/12/2012
Fecha emisión: 07/12/2012
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE COBANO DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro.13153
5 de diciembre, 2012
DFOE-PG-0464
Ingeniera
Vanessa Rosales Ardón
Presidenta
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
Estimada señora:
Asunto: Solicitud al órgano contralor para que valore o permita que la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias continúe con el
uso ya existente de los vehículos discrecionales.
Esta Contraloría General recibió el oficio Nro. PRE-DL-OF-0378-2012 de 30 de octubre de
2012, en el cual en su condición de Presidenta de la Comisión Nacional de Prevención de
Riesgos y Atención de Emergencias, solicita que este órgano de fiscalización “permita continuar
con el uso ya existente de los vehículos discrecionales otorgados a esta Comisión con la
antigua Ley de Tránsito, para la PRESIDENCIA EJECUTIVA y la DIRECCIÓN EJECUTIVA de
la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, las cuales fueron
omitidas por parte del artículo 238 de la Nueva Ley de Tránsito.”. El resaltado es del original.
Los argumentos esbozados para justificar el uso de vehículos discrecionales por parte de
la Presidencia Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de esa institución, se pueden resumir de la
siguiente forma:
a) Que la Procuraduría General de la República -según se indica en el oficio- ha
considerado que para situaciones ambiguas “como el presente caso”, se debe partir de la
equiparación de puestos a la luz de las funciones que se desempeñan; y que dicha posición la
ha basado ese Órgano Consultivo en los pronunciamientos Nros. 3500/96 y 3512/96 de la
Contraloría General de la República.
Indica que “estos funcionarios no están comprendid ...
Fecha publicación: 08/12/2012
Fecha emisión: 05/12/2012
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13132
10 de diciembre, 2012
DFOE-AE-0563
Licenciada
Silma Elisa Bolaños Cerdas
Jefa de Área
Comisión Permanente Especial de Turismo
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de ley denominado Ley Marco para la
Declaratoria de Ciudades Litorales y su régimen de uso y
aprovechamiento territorial, expediente nro. 18.592.
Se atiende su oficio nro. TUR-114-2012 mediante el cual solicita el criterio de esta
Contraloría General sobre el proyecto de ley denominado Ley Marco para la Declaratoria
de Ciudades Litorales y su régimen de uso y aprovechamiento territorial, expediente nro.
18.592. Al respecto se formulan las observaciones que de seguido se exponen.
I.- Consideraciones generales, y en relación con la exposición de motivos.
Señalan los proponentes que existe una problemática que afecta a los habitantes de
la Zona Marítimo Terrestre (ZMT), en gran parte por causa de años de desorden
administrativo, la ausencia de una política clara de desarrollo, la vigencia de un orden
jurídico que no concilia la protección del ambiente con el desarrollo integral de la
población, por lo que según estimaciones realizadas se tendría que reubicar acerca de
400.000 personas, que en su mayoría tienen como únicos medios de subsistencia la
pesca y el turismo, lo que implicaría desconocer la historia de algunas comunidades
consolidadas y su identidad cultural, y socavar la oportunidad de generar un desarrollo
integral en la zona. Además, de pagar múltiples indemnizaciones a cargo del Estado por
la demolición de construcciones con permisos municipales, y con permisos de operación
del Ministerio de Salud, y pate ...
Fecha publicación: 07/12/2012
Fecha emisión: 04/12/2012
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13131
10 de diciembre, 2012
DFOE-AE-0562
Licenciada
Silma Elisa Bolaños Cerdas
Jefa de Área
Comisión Permanente Especial de Turismo
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de ley denominado Ley para la
regularización de las construcciones existentes en la zona restringida
de la Zona Marítimo Terrestre, expediente nro. 18.593.
Se atiende su oficio nro. TUR-132-2012 mediante el cual solicita el criterio de esta
Contraloría General sobre el proyecto de ley denominado Ley para la regularización de las
construcciones existentes en la zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre,
expediente nro. 18.593. Al respecto se formulan las observaciones que de seguido se
exponen.
I.- Consideraciones generales, y en relación con la exposición de motivos.
Al igual que en el proyecto de ley nro. 18.592, Ley Marco para la declaratoria de
ciudades litorales y su régimen de uso y aprovechamiento territorial, los proponentes
afirman que existe una problemática que afecta a los habitantes de la Zona Marítimo
Terrestre (ZMT), en gran parte por causa de años de desorden administrativo, la ausencia
de una política clara de desarrollo, la vigencia de un orden jurídico que no concilia la
protección del ambiente con el desarrollo integral de la población. Agregan que la
situación de las construcciones en el área restringida de la ZMT se puede resumir en
inmuebles que cuentan o no cuentan con plan regulador aprobado en los que se ha
construido con o sin concesión, lo que tomó relevancia a partir de recientes resoluciones
administrativas y judiciales que ordenaron el desalojo y demolición de obras.
Por c ...
Fecha publicación: 07/12/2012
Fecha emisión: 04/12/2012
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 13009
29 de noviembre, 2012
DFOE-PG- 455
Licenciada
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefa de Área
Comisión Permanente de Asuntos Sociales
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de
ley “Ley de respeto a la propiedad privada en la declaración de patrimonio
histórico arquitectónico”, Expediente Nro. 18.079.
En atención a su oficio CPAS-1598-18.079 de fecha 8 de noviembre de 2012, mediante el
cual se solicita el criterio de este Órgano Contralor en relación con el proyecto de ley “Ley de
respeto a la propiedad privada en la declaración de patrimonio histórico arquitectónico”,
Expediente Nro. 18.079; dentro del plazo conferido se exponen las siguientes observaciones,
con el propósito de que se hagan del conocimiento de la Comisión Permanente de Asuntos
Sociales de esa Asamblea Legislativa.
ANTECEDENTES.
Se indica en la exposición de motivos, que las declaratorias de patrimonio histórico
impiden al propietario tener un completo goce de la disposición, transformación y enajenación
del bien afectado, lo cual presupone una expropiación de facto sin que medie la indemnización
que establece el artículo 45 de la Constitución Política.
Se establece una serie de reformas a la Ley Nro. 7555 del 4 de octubre de 1995, Ley de
Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica, tendientes a regular el proceso de
declaratoria de patrimonio histórico, facultades y obligaciones de los sujetos intervinientes, así
como los alcances y condiciones legales del reconocimiento por parte del Estado y de las
municipalidades de la figura indemnizatoria a los prop ...
Fecha publicación: 07/12/2012
Fecha emisión: 16/11/2012
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 13023
30 de noviembre de 2012
DFOE-IFR-0671
Señora
Rosa María Vega Campos
Jefa de Área
Comisión Permanente de Gobierno y Administración.
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se da respuesta a la consulta formulada por la Asamblea Legislativa
sobre el Proyecto de Ley Nro. 17.838 denominado “Ley para brindar
seguridad jurídica a los poseedores sobre la finca inscrita a nombre de
JAPDEVA, matrícula de folio real número 96658, derecho 000, de la
provincia de Limón.”
Esta Contraloría General procede a dar respuesta, en apego a las potestades
constitucionales que en materia de hacienda pública conferidas por su Ley Orgánica Nro.
7428, a lo solicitado mediante oficio CG-406-2012 sobre el Proyecto de Ley de referencia.
De previo, resulta necesario señalar que mediante oficio Nro. 4464 del 17 de mayo
del 2012, al analizar el Proyecto de Ley tramitado bajo el expediente legislativo 18.293
denominado “Reforma a la Ley de JAPDEVA No. 3091”, esta Contraloría General efectuó
una serie de observaciones tendientes a evidenciar algunos riesgos que esa propuesta
debería considerar de frente a la titularización de propiedades estatales y que pueden ser
considerados, dentro de lo pertinente, en esta oportunidad.
Tal y como señaló este Órgano Contralor en el oficio Nro. 4464, ya referido, así
como en las razones expuesta en la motivación del proyecto de ley sometido en esta
ocasión a su conocimiento, resulta pertinente reconocer “…los esfuerzos en la búsqueda
de soluciones a estas realidades, no obstante es claro que dichos remedios deben, en
todo momento, ser plasmados después de un amplio y responsable estudi ...
Fecha publicación: 07/12/2012
Fecha emisión: 30/11/2012
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 13016
30 de noviembre, 2012
DFOE-PG-457
Licenciado
Hugo Ramos Gutiérrez
Auditor Judicial
PODER JUDICIAL
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio sobre aspectos a considerar en el ejercicio de la competencia
de legalización de libros por parte de la Auditoría Interna, en caso de libros en
formato electrónico.
Se atiende oficio Nro. 990-AUD-2012 de fecha 10 de octubre de este año, mediante el
cual consulta el criterio de esta Contraloría General sobre la pertinencia de la legalización de
los libros contables y de actas cuando se llevan en sistemas automatizados.
I. MOTIVO DE LA CONSULTA
Comenta que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22, inciso e), de la Ley
General de Control Interno, le corresponde a las auditorías internas autorizar la apertura de
libros de contabilidad y actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia
institucional. Señala además que este Órgano Contralor mediante el oficio Nro. 07240 del 8 de
agosto de 2011 (DJ-0844-2011), indicó que corresponde a cada auditoría emitir sus propias
regulaciones al respecto, para lo cual se remite al derogado Manual sobre Normas Técnicas
que deben observar las unidades de auditoría interna públicas en la legalización de libros.
Agrega que en el apartado V de la Resolución R-DC-119-2009 del 16 de diciembre de
2009, denominado Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, se
especifica que se concede a las auditorías internas un período máximo improrrogable de un año
a partir de la entrada en vigencia de dicha normativa, para realizar la implementación de estas
normas en su gestión, así como para realizar t ...
Fecha publicación: 07/12/2012
Fecha emisión: 30/11/2012
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
T: (506) 2501-8000 S: http://www.cgr.go.cr/ E: contraloría.general@cgr.go.cr
F: (506) 2501-8100 Apdo. 1179-1000 San José, Costa Rica
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13139
04 de diciembre, 2012
DJ-1155-2012
Señora
Licda. Nicole Rudin A.
Asesora Legal
Estimado señor:
ASUNTO: Se rechaza consulta sobre la obligación del Colegio de Médicos Veterinarios de
Costa Rica de regular las tarifas mínimas de los servicios profesionales que prestan sus
agremiados.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 14 de noviembre del 2012, recibido
en esta Contraloría General el pasado 20 de noviembre del año en curso, por medio del cual solicita
a este órgano contralor que emita criterio sobre si está obligado el Colegio de Médicos Veterinarios
de Costa Rica a regular las tarifas mínimas de los servicios profesionales que prestan sus
agremiados, mediante Decreto Ejecutivo, si debe hacer valer su cumplimiento obligatorio para
evitar la competencia desleal y si está el Colegio obligado a calcular el incremento anual en las
tarifas utilizando el índice de inflación del Banco Central.
CRITERIO DEL DESPACHO
En atención a la solicitud planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428
del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce está función en el ámbito de sus
competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados que tengan
vínculo con temas de competencia del Órgano Contralor.
En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre
T: (506) 2501-8000 S: http ...
Fecha publicación: 06/12/2012
Fecha emisión: 03/12/2012
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
] ...
Fecha publicación: 01/12/2012
Fecha emisión: 28/11/2012
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE BELEN
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Alcalde y Vicealcaldes, Comite Cantonal de Deportes , Conflicto de Intereses , CCDR
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
506) 2501-8000 F:(506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro.12812
27 de noviembre, 2012
DFOE-AE-0542
Diputada
Yolanda Acuña Castro
Partido Acción Ciudadana
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el texto sustitutivo del Proyecto de Ley Nro. 17466
denominado “Fortalecimiento y Modernización de los Entes de Servicio
Municipal” originalmente denominado “Fortalecimiento y Modernización
de las Empresas Públicas Municipales”.
Se atiende su oficio Nro. PAC-YAC-492--2012 mediante el cual solicita el criterio de
esta Contraloría General acerca del texto sustitutivo del Proyecto de Ley Nro. 17466, con
la finalidad de que sea cotejado con las observaciones expuestas por la señora Contralora
General en la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local
respecto del texto original, el 4 de setiembre del año en curso.
Sobre el particular, se exponen a continuación algunas de las observaciones ya
indicadas por este órgano contralor, que aún no han sido consideradas en el texto del
citado Proyecto de Ley sustitutivo:
1. Duplicidad de normas.
Se mantiene una innecesaria duplicidad de normas que ya se encuentran
incluidas en las Leyes Nros. 8345, Ley de Participación de las Cooperativas de
Electrificación Rural y de las Empresas de Servicios Públicos Municipales en el desarrollo
nacional; 8660, Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del
Sector Telecomunicaciones; 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos, y en las propias leyes de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia y la
JASEC, relativas a competencias en general y en el sector telecomunicaciones,
endeudamiento y política financiera, otorgamie ...
Fecha publicación: 30/11/2012
Fecha emisión: 27/11/2012
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY